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BASES CONVOCATORIA 2 BECAS DE COLABORACIÓN PARA EL OBSERVATORIO DE EMPLEO en el Servicio de Orientación y Empleo (UNIVERSA)

Última modificación
Mié , 25/10/2023 - 01:47
BASES CONVOCATORIA 2 BECAS DE COLABORACIÓN PARA EL OBSERVATORIO DE EMPLEO en el Servicio de Orientación y Empleo (UNIVERSA)

BASE 1: Condiciones de los candidatos o candidatas

  • Los candidatos deberán estar matriculados en último curso de grado o en cualquiera de los másteres de las ramas de conocimiento de Ciencias, Ingeniería y Arquitectura o Ciencias Sociales y Jurídicas en el curso 2020?2021.
  • Asimismo, en el caso de estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado, deberán tener aprobado un número de créditos igúal o superior a 200 ECTS de la titulación correspondiente en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitiudes y aportar el compromiso de matrícula a estudios de grado/mástes, junto con su solicitud, según el modelo que se acompaña a la presente convocatoria.
  • No haber sido beneficiario de una beca Santander|Unizar de mejora de la empleabilidad orientadas a la formación complementaria en el ámbito del Observatorio de Empleo en el Servicio de Orientación y Empleo de la Universidad de Zaragoza.
  • El incumplimiento de estas condiciones será causa de exclusión del procedimiento de concesión.

BASE 2: Duración de la beca

  • La beca tendrá una duración de un año.
  • Las actividades relacionadas con la beca se llevarán a cabo desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022. 

BASE 3: Dedicación

  • Cada beca supondrá una dedicación de 25 horas semanales.
  • El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del Director/a del Servicio de Orientación y Empleo, en horario de mañanas, con carácter presencial, y en cualquier caso en horario de apertura al públicos. Con la finalidad de que los becarios puedan compatibilizar sus compromisos académicos con las horas de dedicación de la becal, el horario deberá ser flexible.

BASE 4: Cuantía

  • Las becas tendrán una dotación de 550€ brutos mensuales. De este importe se descontará mensualmente desde la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Universidad la cuota del becario a la SS [8,49 € en 2021] y la retención por IRPF [2% para becas de duración igual o inferior a un año].

BASE 5: Actividades a Desarrollar

  • Los becarios deberán colaborar en el desarrollo de las actividades propias relacionadas con el Observatorio de Empleo. Concretamente las siguientes:
    • Estudiar e informar sobre los procesos de inserción laboral de los jóvenes universitarios titulados de la Universidad de Zaragoza.
    • Entre los estudios en cuya realización tendrán que colaborar están:
      o Estudio de la contratación 20210.
      o Estudio de empleabilidad de los titulados.
      o Análisis de competancias adquiridas.
      o Estudio de contratación por titulaciones 2020.
      o Cuantos estudios se estime oportuno desarrollar para contribuir a la mejora del Sistema de Calidad de las Titulaciones, incluidas encuestas a estudiantado y empleadores.
    • Maquetación de informes, documentos y gráficos (Power B, InDesign,...).
    • Apoyo al mantenimiento de la página web del Observatorio.
    • Gestión de contenidos dinámicos en Drupal.
    • Redes sociale de empleo, empleabilidad y emprendimiento.
    • Atención a la información solicitada mediante el chat y actualización del mismo.
    • Cuantas aquellas se les requieran para mejorar la relación entre titulados y empleadores.

BASE 6: Plan de formación teórico-práctico y tutor

  • Los becarios seleccionados recibirán la formación relacionadas con las actividades a desarrollar en el Observatorio de Empleo y aquellas otras que se considere necesarias para el correcto desempeño de sus actividades: uso de programas de software, elaboración de informes, actualización de páginas web con Drupal.
  • A tal efecto, les será asignado un tutor que será la Directora/or del Servicio de Orientación y Empleo.

BASE 7: Seguro

  • Los beneficiarios gozarán del seguro escolar en los términos establecidos por la legislación vigente y del seguro de responsabilidad civil suscrito por la Universidad de Zaragoza para todos los estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales. En el supuesto de que no estuvieran protegidos por el seguro escolar, suscribirán un seguro de accidentes en las condiciones mínimas que fije la Universidad.

BASE 8: Documentación a aportar

  • Impreso de solicitud de beca normalizado.
  • Certificado de vida laboral, expedido con menos de un mes de antigüedad a la fecha de finalización de la convocatoria.
  • Currículum Vitae en el que consten debidamente documentados los méritos que el estudiante desee aportar para su valoración por el órgano de selección: cursos realizados, conocimientos de Access, Excel, paquetes y programas estadísticos, programas de maquetación y diseño gráfico, manejo de herramientas colaborativas, creación de páginas web, conocimiento del mercado laboral, redacción de informes. No se valorarán los méritos que no estén debidamente justificados.
  • Proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración [máximo dos folios].
  • Compromiso de matrícula a grado/máster  (solo en el caso de estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado).

BASE 9: Lugar y plazo de presentación

  • Lugar de presentación: El impreso de solicitud de beca, acompañado de la documentación descrita en la base anterior, se presentará en el registro electrónico de la Universidad de Zaragoza [sede.unizar.es] (con certificado electrónico o DNI electrónico o también con claves concertadas, es decir, NIP y contraseña administrativa)
  • Plazo de presentación: del 25 de junio de 2021 al 8 de julio de 2021

BASE 10: Criterios de Valoración

A. Nivel de conocimientos técnicos [40% del total de la valoración]

  • Conocimientos avanzados de Excel [10% puntuación]
  • Conocimientos de paquetes estadísticos [10% puntuación]
  • Nivel usuario medio en tecnología in cloud y creación de páginas web [5% puntuación]
  • Maquetación de contenidos en InDesign y diseño de material en plataformas como Canva [5% puntuación]
  • Nivel usuario?medio de software de edición de vídeos e imagen: Editor de vídeos de Windows, Pixlr, Photoshop… [5% puntuación]
  • Nivel usuario avanzado en redes sociales. [5% puntuación]

B. Adecuación al perfil de la beca [20% del total de la valoración]

  • Conocimientos del mercado laboral [5% puntuación]
  • Propuesta del proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración [15% puntuación]

C. Expediente académico [15% de valoración]

D. Entrevista personal [25% de valoración]

No se valorarán los méritos que no estén justificados (certificados, diplomas de asistencias, etc.)

BASE 11: Comisión de Valoración

  • Las solicitudes serán valoradas por una comisión de valoración que estará formada por:
      • Miembros titulares:
        • Presidente: Dº Ángela Alcalá Arellano
        • Vocales: Dª Nieves García Casarejos, Dª Andrea Frontons Alonso, Dª Beatriz Valiente Torres.
        • Secretario: Dº Dolores del Río Guallar
      • Miembros suplentes:
        • Presidente: Dº Nieves Garcia Casarejos
        • Vocales: D. Sergio Cabeza Vengoechea, Dª Elena Comeras Fernández
        • Secretario: Dº Milagros Gascón García

BASE 12: Tramitación

  • La comisión de valoración comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria y que su documentación se ajusta a lo dispuesto en la misma para, en caso contrario, requerir al interesado con el fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Asimismo, podrá requerir de los interesados la información o, en su caso, la documentación complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su función evaluadora.

BASE 13: Propuesta de resolución

  • La comisión de valoración, una vez valoradas las solicitudes e inmediatamente antes de dictar resolución, hará pública a través del tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e?TOUZ] una propuesta de resolución, estableciendo prioridades, al objeto de que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la publicación, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
  • La publicación de la propuesta de resolución en los tablones de anuncios indicados, servirá de notificación a los interesados.

BASE 14: Resolución definitiva

  • Transcurrido el plazo de alegaciones descrito en la base anterior y a la vista de la documentación aportada, la comisión de valoración dictará resolución definitiva del procedimiento y ordenará su publicación en el tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ]. La publicación de la resolución definitiva en el tablón de anuncios indicado servirá de notificación a los interesados.

BASE 15: Recursos

  • La resolución dictada por el órgano de selección, podrá ser recurrida ante el Rector de la Universidad de Zaragoza en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BASE 16: Designación y credencias de becario

  • El órgano convocante designará a los becarios a propuesta de la comisión de valoración. A los candidatos designados se les extenderá una credencial de becario y estos suscribirán un “Compromiso de Confidencialidad” [Anexo IV] con la Universidad de Zaragoza.

BASE 17: Condición de estudiante durante la beca

  • El estudiante deberá estar matriculado en una enseñanza oficial de grado o de máster universitario en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

BASE 19: Relación jurídica

  • Las actividades realizadas por los becarios se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relación jurídica de estricta naturaleza administrativa. En ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídicos-laborales entre el becario y la Universidad de Zaragoza.

BASE 19: Derechos y oblicaciones

  • Los derechos y obligaciones de los becarios se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relaciónjurídica de estricta naturaleza administrativa.
  • A los becarios Santander|Unizar de mejora de la empleabilidad en el ámbito del Observatorio de Empleo les serán de aplicación los artículos 38 y 39 de la normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza.

BASE 20: Incompatibilidades

  • Estas becas de colaboración de la Universidad de Zaragoza tienen carácter complementario y, por lo tanto, son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad, concepto y curso académico.
  • No se podrá percibir en un mismo curso académico más de una ayuda de la Universidad de Zaragoza. No obstante lo anterior, estas becas de colaboración son compatibles con las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza descritas en los Capítulos III, IV y VI de la normativa, así como con las becas del Ministerio de Educación.
  • Estas becas no se podrán compatibilizar con las becas de colaboración en departamentos del Ministerio de Educación y Formación Profesional ni con las becas de apoyo de la Universidad de Zaragoza de forma simultánea, debiendo el estudiante optar por una de ellas.
  • Aquellas becas que tengan asignada la dedicación máxima establecida en el artículo 30 de la Normativa, en todo caso, serán incompatibles con cualquier actividad retribuida o ayuda económica que implique la obligación de cumplir un horario o tiempo de dedicación.
  • Para cualquier casuística sobre compatibilidad de estas becas no contemplada en los apartados anteriores, se solicitará el reconocimiento o autorización de compatibilidad al Vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes, previamente al otorgamiento de la correspondiente credencial de becario.

BASE 21: Seguridad Social

  • En el marco regulador del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, los becarios seleccionados quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.

BASE 22: Calendario estimado de actuaciones

TRÁMITEPLAZO
Presentación de solicitudesDel 25 de junio al 8 de julio
Publicación propuesta de resolución26 de julio 
Plazo de alegacionesDel 27 de julio al 24 agosto 
Publicación resolución definitiva30 de agosto
Incorporación01 de septiembre 

BASE 23: Protección de datos de carácter personal

  • Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril), los datos personales indicados por los solicitantes en el formulario de solicitud pasarán a ser tratados, como responsable, por la Universidad de Zaragoza con la finalidad de tramitar la gestión académica y administrativa de sus estudiantes, así como su participación en actividades y servicios universitarios.
  • Los solicitantes pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad ante el Gerente de la Universidad de Zaragoza (Edificio Paraninfo 1.ª planta, Plaza de Basilio Paraíso nº 4, 50005- Zaragoza) señalando concretamente la causa de su solicitud y acompañando copia de su documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electrónicos. En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, puede dirigirse a la Delegada de Protección de Datos de la Universidad (dpd@unizar.es Tfno. 876 55 36 13) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: https://sedeagpd.gob.es
  • Puede consultarse toda la información al respecto en:http://academico.unizar.es/sites/academico.unizar.es/files/archivos/vgacad/pdatos.pdf
  • La Universidad de Zaragoza cuenta con una página en la que incluye legislación, información y modelos a la que puede acceder desde el siguiente enlace: https://protecciondatos.unizar.es/

BASE 24: Aceptación y autorización para la obtención de datos

  • La presentación de la solicitud implica la aceptación de los términos establecidos en esta convocatoria y la autorización a la Universidad de Zaragoza para verificar en otras instituciones la veracidad de los datos que fueran necesarios.

Disposición adicional única

Para lo no dispuesto en la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza y en la presente convocatoria, se aplicará con carácter subsidiario lo dispuesto en la Ley 38/2003, de Subvenciones y en el Real Decreto 1721/2007 por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas.